El término ajustes razonables se define como “ajustes y modificaciones necesarios y apropiados, que no imponen una carga desproporcionada o indebida, y que pueden necesitarse en un caso particular, para garantizar que las personas con discapacidad puedan disfrutar y ejercitar todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones que otras personas.
Los ajustes razonables tratan de proporcionar lo que se necesita para garantizar que todo el mundo puede participar en igualdad de condiciones que otras personas. También se trata de realizar cambios sobre lo que ya se está haciendo. Por ejemplo, si se está reformando una instalación o construyendo un refugio para emergencias, poner una rampa sería un ajuste razonable, o si se está desarrollando material para RRD IEC, producirlos en formatos alternativos/múltiples para personas con discapacidades diversas también sería un ajuste razonable.
A menudo, los ajustes razonables cuestan muy poco o nada, y pueden aplicarse con facilidad. Consulte con personas con discapacidad cuando planifique un ajuste razonable en sus programas de RRD.